Derecho a la alimentación
Sebastião Pinheiro (Brasil), Universidade Federal do Rio Grande do Sul
Hambre y desnutrición
El contexto de surgimiento. El derecho a la alimentación es un nuevo término de reacción al orden internacional y a las normas de los mercados alimenticios. El hombre, desde su surgimiento, busca liberarse de la madre naturaleza y eso ocurre de forma creciente en todos los aspectos, pero jamás conseguirá liberarse de ella para su alimentación, pues todos los alimentos salieron, salen y saldrán de la naturaleza en el futuro. Sin embargo, cada día es más difícil conseguir alimentos en la naturaleza sin tener cómo pagarlos y cada día están más caros, por su producción, clasificación, tipificación, homogeneidad, calidad, industrialización, empaque y una serie de servicios de interés de la comercialización y la industria internacional de alimentos. La comercialización y la industrialización internacional de alimentos están restringidas a pocos cereales, frutas, hortalizas, tubérculos y raíces; lo mismo ocurre a los productos animales, a los peces y las aves. En la
última década, con el nuevo orden de la Organización Mundial de Comercio, hubo un perfeccionamiento del Orden Bilateral de Yalta a través de las políticas de los organismos multilaterales de las Naciones Unidas (FAO, OMS, UNIDO, OCDE, GATT, FMI, etc.) y las políticas de “ayuda internacional” de los países industrializados trajeron gran pérdida de la biodiversidad en la dieta de los pueblos en todos los continentes en interés de las traders y brokers de la industria y distribución multinacional de alimentos. Eso provocó el hambre como un arma ideológica de alineamiento incondicional y aceptación de las imposiciones. La agricultura industrial aplicada en países no industriales sirvió para el drenaje de riquezas y empobrecimiento de toda la sociedad y la desestructuración de las agriculturas existentes. No sabemos lo que significa en cantidades o dinero el comercio local de quinua, kiwicha, amaranto, jicama, ahipa, capulines, chilacayote, teff, ensete, ulluco, mauka, mashua, arracacha, nopal, ñame, achirra, cuis y guacholote, por citar solamente algunos de los principales alimentos de las dietas de los campesinos del mundo que ahora reciben una clasificación botánica y son tratados con exoticidad en investigaciones de las universidades e institutos para crear los nichos de mercados futuros y sofisticados para los países ricos. En las más lejanas escuelas latinoamericanas se sirve obligatoriamente, a los estudiantes hijos de campesinos y de indígenas, la “sopa marucha” del cartel de los alimentos Cargill, Bunge, Nestlé, Phillips Morris, ADM/Töpfer, André, con soja y maíz o trigo con gusto de pollo, carne o camarones. La mayoría de las veces es comercializada por el Estado a nombre de las obras sociales. Al mismo tiempo, en el mercado la publicidad y propaganda promueven el aumento de consumo de comidas y bebidas artificiales de alto precio con relación a su baja calidad. Esto empezó con las campañas oficiales internacionales y nacionales de sustitución de la leche materna por la leche en polvo, después de la Segunda Guerra Mundial. El resultado fueron las epidemias de diarreas infantiles con alta mortalidad por la mala calidad del agua utilizada. Pero nada de eso se hizo público por ser considerado subversivo a los intereses de venta de leche en polvo. Para eso la gran biodiversidad de semillas de los campesinos, que tenían alta seguridad local y garantía de producción constante, fueron sustituidas por las semillas híbridas del mismo cartel anterior interesado en cambiar las dietas para facilitar sus negocios internacionales y nacionales.
Seguridad alimentaria, comercio global y autonomía alimentaria. Cuando Hernando de Soto llegó al Perú quedó sorprendido de que los nativos no conocieran el término hambre y su contenido político, aunque tuvieran un territorio y clima
extremadamente áridos. La tecnología del charqui, chuño y otras dejó maravillado al “invasor”, que aún no conocía la maravilla de las plantas utilizadas en medicina y salud. Durante los últimos cincuenta años el hambre mató más de mil millones de personas en África, América Latina y Asia, por políticas planificadas en los gabinetes gubernamentales y empresariales de Londres, Ginebra, Washington, París y otras subsedes de los países del mundo. Los economistas dicen que en el mundo hay personas que sobreviven con menos de dos dólares diarios. Los medios masivos lo repiten y se preguntan cómo se hace para vivir con ese dinero. Estas cosas quedan en nuestro inconsciente. Cada día percibimos menos que necesitamos comer todos los días y que sin comer no conseguimos vivir o tener salud. Es común a muchas madres pobres preocuparse en enseñar a los niños que no hay nada para comer, como si fuera posible para alguien el comprender que no hay qué comer cuando hay tierra, sol y lluvia en abundancia. Cómo vamos a percibir algo si en las escuelas reciben la única comida del día, una “sopa marucha”. Con el final de la guerra fría, el hambre no pudo ser utilizada más como instrumento de punición a los rebeldes, por deshumana. Entonces, las políticas públicas de las grandes empresas internacionales comerciantes de alimentos crearon el término “seguridad alimentaria” para sustituir su política de hambre. Los organismos multilaterales y las grandes empresas transnacionales imponen a los gobiernos la adopción de campañas de seguridad alimentaria, y muchas entidades sociales, sindicatos y organizaciones de trabajadores pasan a creer que el mundo está cambiando, sin darse cuenta de que seguridad alimentaria quiere decir que alguien irá a comer, pero que eso no significará que tendrá autonomía de elegir lo que quiera comer. Un perro o un gato tienen “seguridad alimentaria”, pero comen lo que su dueño determina. El campesino del Níger o TChad en África no comerá pan de teff, sino un complejo proteico de soja y maíz transgénicos norteamericanos, que recibirá subsidiado. El teff que él produce no podrá comerlo por el valor que tiene e irá a las sofisticadas tiendas ecológicas europeas, japonesas y norteamericanas para ser comercializado como alimento exótico, por medio de servicios de certificación que agregan el valor para las mismas empresas en sus nichos de mercado. Lo mismo ocurre al campesino productor de amaranto, kiwicha, quinua, ulluco, arracacha, frutos, hortalizas, legumbres etc., que por su riqueza mineral o calidad vitamínica son muy cotizados en los países ricos. No tendremos derecho a la dieta cultural en nuestra alimentación. La biodiversidad de nuestra dieta costará muy caro y solamente será asequible para quienes puedan pagarla. La discusión ciudadana que debe promoverse no es entonces la de la seguridad alimentaria
de las transnacionales e intereses financieros, sino la de la autonomía alimentaria donde se fortalezca la dieta local y tradicional de interés social. Ese sí es el derecho a la alimentación que nosotros debemos defender.
Referencias Sebastião Pinheiro, Nasser Yousef Nars, Dioclécio Luz (eds.), A agricultura ecológica e a máfia dos agrotóxicos no Brasil, Porto Alegre, 1993. - Sebastiao Pinheiro y Enildo Iglesias. Transgénicos, transnacionales y un gen llamado terminador, Montevideo, Ediciones Rel-UITA, 1999.
L
a esencia de la identidad es el valor del respeto de la dignidad humana (v.). La dignidad humana, como se ha señalado en el campo correspondiente de este Diccionario, se puede entender de diversos modos aunque siempre hace referencia a una o más características de las cuales cabe inferir que el hombre ocupa el lugar más alto en la escala de los seres; sean estas características el alma, la libertad, la palabra, la inteligencia, el conocimiento, la búsqueda de la verdad o alguna otra. Lo cierto es que en las diversas concepciones de la dignidad el hombre tendrá valor y no precio, será un fin en sí mismo y nunca un medio, o será imagen y semejanza de su Dios creador. La dignidad será siempre comparación del lugar que ocupa el hombre en relación a otros seres y, por tanto, será la razón constitutiva de su identidad. Esta comparación, en una concepción universal de lo humano, habrá de valer también para los demás seres humanos haciendo que nadie pueda ocupar como tal un lugar de mayor dignidad que el de otros, tal como sucedía, por ejemplo, en las antiguas sociedades esclavistas. En estas sociedades, la dignitas era un atributo diferencial: el amo tenía una y el esclavo otra. Pero la afirmación de la dignidad humana como un atributo universal incondicionado conducirá entonces desde la dignidad a la igualdad (v. Igualdad y diferencia). La igualdad, siendo un concepto ético, también es un concepto jurídico ya que ha de considerarse que el reconocimiento y la protección de la igualdad jurídica no hace más que materializar la formalidad enunciada por la dignidad de todos los seres humanos. Así ha quedado establecido en el derecho internacional de los Derechos Humanos. La dignidad alude, asimismo, no sólo al ordenamiento jerárquico que es característico de los valores, sino también a aquella característica propia de algunos objetos (que no son cosas o propiedades de cosas) hacia la que apuntan los sentimientos para significarlos como valores por diferencia con los objetos desiderativos hacia los que apunta el deseo. El respeto de la dignidad y la igualdad aparecen ligados primariamente a la identidad como valor trascendente.
La identidad como valor humano. La identidad es, como la vida, la integridad y la libertad, la salud y el bienestar, un valor humano trascendental. A la conjugación valorativa de todos los valores en torno a una idea formal, como la de identidad, podemos denominarla ‘valor trascendente’. Por eso son trascendentales aquellos valores que implican simultáneamente una valoración subjetiva y vivencial (v.
Identidad personal); una valoración social y cultural (v. Identidad social; Identidad comunitaria); y una valoración ética y jurídica (v. Valores éticos; Idea de justicia). Y esa conjugación valorativa puntual que podemos hacer en torno a un valor como la identidad, requiere asimismo su jerarquización ante los demás valores humanos, lo cual habrá de expresarse en la relación entre valores culturales, principios éticos y derechos humanos, tomando como valor máximo de referencia y atribución a estos últimos. Los valores socioculturales de comunidades determinadas, en sentido temporal o geográfico, cuando confluyen en el tiempo o en espacios más amplios con los valores de otras comunidades, coinciden en el reconocimiento de los enunciados de principios éticos universales. Y cuando esa confluencia crece hasta lograr el concierto universal de los Estados y su reconocimiento jurídico, podemos hablar entonces del universalismo de los Derechos Humanos. Este universalismo no es incompatible, por ello, con el respeto de los valores culturales y comunitarios, sino que origina su afirmación. En 1781 el cacique Tupac Katari fue descuartizado por los españoles luego de una gran rebelión aymara que reclamaba el reconocimiento de sus valores, identidad y forma de vida. La servidumbre indígena en Bolivia continuaría hasta 1952, aunque su fin había sido anunciado en 1810 por los revolucionarios argentinos en Tiwanaku, donde el primer presidente de los pueblos originarios recibiría en 2006, de manos de los curacas, los atributos de poder que ejercería para desarrollar una política de defensa de los derechos humanos. Por eso, la práctica del respeto de cada uno de aquellos valores humanos nos exige captar la existencia de un valor humano problematizado; conocer las evidencias científicas y criterios de eficacia técnica disponible para abordarlo; proteger los valores culturales y sociales solidariamente cooperativos; jerarquizar reflexivamente los principios éticos universales; y reconocer jurídicamente los derechos humanos básicos identificados. Pero es necesario decir que en la problematización de valores dada en casos concretos (v. Contexto, familia y crisis), pueden llegar a observarse distintas tablas materiales de jerarquía –tantas como individuos participantes en el debate hubiera– y que la tarea bioética consistirá entonces en cómo alcanzar aquel ordenamiento que nos permita decidir moralmente. El ordenamiento de valores dado en las dimensiones jurídica y social que conducen a la atribución de identidad, es muy distinto al ordenamiento valorativo subjetivo-vivencial. Por eso hay que decir que si
bien la captación de los valores humanos la hacemos por vía intuitivo-emocional, a las verdades científicas, criterios de eficacia técnica, valores culturales y sociales, principios éticos y jurídicos, accedemos por vía intelectual. De allí que el ordenamiento de los valores trascendentales, por ejemplo la identidad, será tanto intuitivo-emocional como racional-intelectivo.
Identidad y cuerpo humano. Puede afirmarse que el valor Identidad sólo tiene sentido por referencia a la fenomenología del cuerpo humano (v.), aunque la sola existencia del cuerpo no nos diga nada en torno al valor en sí. Se ha dicho que una persona autónoma es aquel individuo capaz de deliberar acerca de sus objetivos personales y de actuar bajo la dirección de tal deliberación. Pero también se dice que no todo ser humano es capaz de autodeterminación, ya que esa capacidad madura durante la vida individual; además, algunos individuos pierden esta capacidad por enfermedad, trastorno mental o circunstancias que restringen severamente la libertad. Por ello algunas personas tienen necesidad de una protección extensiva, dependiendo del riesgo de daño y la probabilidad de beneficio (v. Vulnerabilidad y protección). La aplicación del respeto por las personas no es obvia en todas las situaciones y remite sin dudas a la identidad particular de cada sujeto. La identidad como valor fundante del deber ser en antropología y sociología no puede confundirse con el mero ejercicio de la autonomía. La identidad implica dignidad como atributo no sujeto a elección, sino determinado por la condición humana y determinante a su vez de la pretensión de integridad de individuos y comunidades. Cualquiera de nosotros, como seres humanos, somos en primer lugar “el ser que donde me piensan soy”. Porque solo los individuos humanos pueden concebir lo que un ser humano sea, al pensar en él desde ellos. Si no hay ‘nosotros’, todo vale; y allí donde todo vale nada tiene valor. Es lo que Merleau-Ponty prefigura en su Fenomenología de la percepción al tratar de “el otro y el mundo humano” (v. Alteridad-Otro). Es también la lección paradigmática encerrada en la identidad que emerge por la memoria viva de quienes reclaman a las víctimas de la desaparición forzada de personas (v.).
Identidad y no discriminación. El respeto de la dignidad y la igualdad como fundamento de la identidad debe evitar la posibilidad de discriminación como lesivas de ese respeto. El concepto de discriminación presupone un trato distinto de las personas con base en elementos ‘no relevantes’ de las mismas para las circunstancias del caso en cuanto a igualdad ante la ley. Así, las diferencias de sexo, género, características genéticas, nacionalidad, religión o creencias políticas, entre otras, no son
elementos relevantes para que las personas no sean tratadas en modo igual ante la ley en cuanto a los derechos y obligaciones constitucionales. Un caso particular son las migraciones desde los países pobres a los países ricos, que han sido seguidas de diversas manifestaciones discriminatorias de la identidad de los migrantes. Así, el presidente Sarkozy en Francia llegó a postular polémicamente en su campaña de 2007 la creación de un Ministerio de la Inmigración y la Identidad Nacional. Simone Veil dijo entonces que prefería hablar de un Ministerio de la Inmigración y la Integración. En esos días se comenzó a exigir visas a los ciudadanos de Bolivia para entrar en Europa. El presidente Evo Morales recordó que en las migraciones norte-sur no había habido visas y que la globalización debía globalizar primero al hombre. Hay tratos distintos, sin embargo, que no necesariamente son discriminatorios: el no permitir el trabajo de los menores no es una discriminación frente a los adultos; los derechos laborales de la mujer referidos a embarazo y maternidad no son discriminatorios frente a los hombres; etcétera. El derecho internacional de los Derechos Humanos ha afirmado el principio de la no discriminación en la Convención Internacional de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial (1965); la Convención de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979); y las Normas Uniformes de las Naciones Unidas sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad (1993), entre otros instrumentos.
La identidad restituida para su reconstrucción. El régimen de la Alemania nazi tuvo el triste privilegio de ofrecer una casuística tan paradigmática sobre todo tipo de inmoralidades en la experimentación biomédica que dio lugar a sentencias de muerte para siete de los médicos responsables de esas atrocidades, por el mismo tribunal que enunció el Código de Nuremberg. Los experimentos de Josef Mengele con hermanos gemelos de uno o más años de edad en su laboratorio de Birkenau con el fin de purificar la raza aria se cuentan entre aquellas abominaciones. Desde entonces, la cuestión de la identidad genética (v.) ha pasado a ser una de las mayores preocupaciones éticas y así ha quedado reflejado en la Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos (Unesco, 1997) y en la Declaración Internacional sobre los Datos Genéticos Humanos (Unesco, 2003). Nadie discute que aquellos casos, así como la numerosa casuística de investigaciones médicas no éticas realizadas en Estados Unidos (Tuskegee, Willowbrook, experimentos radiactivos de la Guerra Fría, etc), forman parte sustancial de la bioética. América Latina tiene muchos casos que una bioética auténticamente
universal debe reconocer, muchos de los cuales son referidos en este Diccionario. Entre esos casos, algunos de ellos fueron resultado del terrorismo de Estado en Argentina y otros países. La desaparición forzada de personas y la expropiación de niños (muchos de ellos nacidos en cautiverio) forman parte de una casuística que desborda un simple abordaje legalista y merece una profunda reflexión. Cuando las familias de origen de estos últimos, en una lucha inclaudicable encabezada por Abuelas de Plaza de Mayo, reclamaron la restitución de la identidad de esos niños (v. Identidad familiar y derecho a la identidad), se creó un Banco Nacional de Datos Genéticos con el fin de obtener y almacenar información genética que facilitara la determinación y esclarecimiento de conflictos relativos a la filiación (v. Identidad genética). De ese modo, todo familiar consanguíneo de niños desaparecidos o supuestamente nacidos en cautiverio tuvo el derecho de solicitar los servicios del banco. Sin embargo, en el curso de esos reclamos, se argumentó a veces que los menores estaban integrados a un nuevo núcleo y que el cambio podría afectarlos, que había que tener en cuenta los sentimientos de los menores, que si no se advertía un estado de abandono moral o material por la familia de crianza y su trato había sido bueno y estos no habían participado en la privación ilegítima de la libertad de los verdaderos padres de los menores, no debería innovarse. También se presentaron objeciones a las extracciones de sangre para la determinación de su identidad genética por parte de los que fueran niños y veinte años después ya eran adultos, siendo un motivo de objeción el que esas pruebas podían ser usadas en contra de los apropiadores. Sin embargo, en fallos de la Corte Suprema se sostuvo que era necesaria la protección integral de la salud psicológica de los menores que habían sufrido una grave lesión en los orígenes fundacionales de su identidad, dado que la presencia de situaciones carenciales traumáticas en los meses iniciales podía dar lugar a la posterior aparición de patologías y especialmente en los procesos de ocultamiento al niño de su verdadera identidad; que estos como seres humanos solo podían ser sujetos y nunca objetos de derechos de terceros; que se hallaban en situación de riesgo psicológico derivada del trágico secuestro de sus padres y del ocultamiento de su origen en el que habían sido criados, así como de la brusca
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