Deontologismo y obligación
Mario Heler (Argentina), Universidad de Buenos Aires
Bioética › Teoría tradicional
Deberes y obligaciones. Una de las connotaciones del término deber (que en griego se dice deontos) refiere a que el deber obliga, genera obligaciones; ejerce una coacción capaz de causar la decisión y sus consecuentes acciones, mandando la elección del curso de acción que presenta como necesario. Deontologismo es el nombre dado a la tradición moderna que, a partir de Immanuel Kant (1724-1804), define la moralidad por el acatamiento del deber por el deber mismo, sin otra consideración. El consecuencialismo (en particular, el utilitarismo) es la tradición opuesta. El deontologismo rechaza la idea de que la obligatoriedad moral pueda depender de los resultados esperados de la acción, de lo conveniente. Por el contrario, considera que el deber moral se impone como obligación sin reclamar más que su cumplimiento. En la disyunción entre el deber y lo conveniente, el consecuencialismo argumenta a favor de la segunda opción y el deontologismo defiende la primera. Pero ambas posiciones buscan un criterio para determinar qué es lo moralmente obligatorio, un criterio que brinde un test o prueba de la moralidad para la toma de decisiones morales en las variadas y multifacéticas situaciones de la vida cotidiana.
El problema del deontologismo. En las sociedades modernas, la cohesión social se hace problemática. Sin el resguardo de una voluntad divina, las obligaciones morales pierden su fuerza motivacional. Pero, además, el postulado moderno de la libertad e igualdad de todos generaría una movilidad social
con aumento de la diversidad de formas de vida, reclamando entonces obligaciones comunes, que más allá de las formas de vida individuales obligarán con similar fuerza motivacional a la de los deberes religiosos. Pero tal reclamo se vería gravemente entorpecido en su satisfacción porque los deberes morales mandan a individuos autónomos, independizados de las “tutelas” (Kant, 1981), quienes no deben (idealmente) ser sometidos a una autoridad ajena (heteronomía), sino que deben dar su libre consentimiento incluso a los deberes morales (autonomía).
Determinismo y libertad. Para Kant, los seres humanos son seres naturales, sometidos a las leyes deterministas de la Naturaleza (formuladas por Newton). Como seres naturales, su existencia está dirigida a (inclinada hacia) la búsqueda tentativa de su felicidad (la autoconservación, en la doble acepción de preservar en el ser y de dar un sentido a la propia existencia). Pero para Kant, se trata de ser digno de ser feliz. Siguiendo sus inclinaciones (deseos e intereses), el individuo se sometería a la serie causal de la naturaleza, que en tanto es un mecanismo determinista, no deja espacio para la libertad (aunque sí para optar entre posibilidades dadas en las diferentes circunstancias; gracias a la voluntad inferior o apetito sensible). Pero, el ser humano tiene además razón, y por ello es capaz de determinar cuál es su deber y quererlo (podría decirse, por analogía con la razón teórica, como se quiere la conclusión de un razonamiento válido). Y ese querer tiene también consecuencias prácticas: determina moralmente la conducta, en contra de las inclinaciones. Cuando así ocurre, se libera de la causalidad natural, y se determina sin condicionamientos (sin causa antecedente), por libertad, por puro respeto a la ley. Kant distingue una causalidad natural, que nos somete anulando nuestra libertad, y una causalidad por libertad, capaz de determinar la voluntad de los seres humanos. El deber moral interpela a la razón para que se autodetermine por puro respeto a la ley moral, sin consideración de las inclinaciones, acatando únicamente el deber. Libre de la causalidad natural (libertad negativa), entonces libre para ser moralmente libre (libertad positiva). Además, libre para comprometerse en la construcción de un mundo liberado de la necesidad natural y regido por la causalidad por libertad, el Reino de los Fines (o de la libertad).
La ley moral. En Kant, la ley moral se expresa en el imperativo categórico: una orden (un imperativo) que no acepta condicionamientos ni excepciones (categórico). En tanto incondicionado vale universalmente, para todos los seres humanos (Kant refiere a todos los “seres racionales”), y manda categóricamente, obliga sin condiciones, incondicionalmente,
por el puro respeto del deber. El imperativo categórico tiene tres formulaciones, cada una de las cuales destaca un aspecto y juntas dan cuenta de los elementos que conforman la máxima (Kant, 190).
Universalidad. Una de las formulaciones del imperativo categórico ordena: “obra de tal manera que puedas querer que tu máxima se convierta en ley universal”. Los seres humanos buscan una buena vida de variados modos, intentan realizarla bajo circunstancias diferentes y cambiantes; se proponen entonces acciones diferentes. Cada individuo actúa guiado por lo conveniente para su forma de vida, y cada acción puede ser descripta bajo la forma de una regla que la regiría, y que Kant llama máxima (“principio subjetivo del obrar”, esto es, determinación de la acción que desde mi situación, subjetivamente, me inclina a considerarla la más adecuada para mi forma de vida). Que la máxima sea capaz de convertirse en ley universal significa, conforme al concepto general de ley, que: i) valen para todos las situaciones del mismo tipo, ii) valen para todos los sujetos, para todos los agentes, iii) todos aceptarían su obligatoriedad. La primera y segunda características extienden la validez de una ley a todos los individuos, dando pie a regularidades que posibilitan la convivencia social con base en expectativas comunes y recíprocas de comportamiento. La tercera característica deja suponer que esas expectativas no serán frustradas en las relaciones sociales, ya que en tanto racionales, cada uno y todos querrán que la máxima sea ley, que adquiera objetividad práctica (objetividad entendida como intersubjetividad, como acuerdo o consenso acerca de la validez de su obligatoriedad). Más aún, cada uno y todos serán co-legisladores, porque otorgarán su libre consentimiento a la máxima como ley. ¿Cuál es el fundamento de ese libre consentimiento universal? No puede serlo el contenido o materia de la máxima, ya que este varía en las diversas circunstancias y los distintos individuos. Solo la forma de la máxima, la forma universal, es el factor determinante para que todos reconozcan su obligatoriedad. Una máxima que no es digna de ser un deber moralmente válido presentará contradicciones. Y la contradicción no puede ser querida por la razón, ni en su uso práctico (aunque sea conveniente). Para Kant entonces la obligatoriedad de un deber no depende de las consecuencias provocadas por su acatamiento, como pretende el consecuencialismo. No se trata entonces que lo conveniente determine mi querer: si así fuera, no podrá asegurarse que todos darían su consentimiento, ya que cada uno esperaría cosas diferentes. Se trata, por el contrario, de comprobar que la máxima no entrañe contradicción alguna, solo entonces puedo querer –mi razón y la de cualquier otro ser racional– que sea ley universal, esto es,
que en todos los casos del mismo tipo, todos los hombres se sometan a ella, por libre consentimiento. Kant analiza la falsa promesa. Podría ser que alguien pensara que debe pedir un préstamo de dinero, aun sabiendo que no podrá devolverlo. Pero si prescindimos del contenido, la forma de la máxima es contradictoria; dice: “comprométete sin comprometerte”, pues la idea de un préstamo incluye el compromiso de devolver el dinero. Entonces la máxima se presenta como una contradicción, “me comprometo y no me comprometo” (A y no A), que la razón no puede querer. El deber de cumplir las promesas y el de ser veraz son deberes estrictos, de cumplimiento irrestricto, sin excepciones ni condicionamientos, y además recíprocos.
El reino de los fines. Otra formulación del imperativo categórico dice entonces: “todas las máximas, por propia legislación, deben concordar en un reino posible de los fines, como un reino de la naturaleza”. La razón teórica establece el conjunto de las leyes que constituyen el Reino de la Naturaleza, mediante leyes en sí mismas no contradictorias y que son consistentes, coherentes, con el resto de las leyes naturales. Como test o prueba de moralidad, del imperativo categórico surge el conjunto de los deberes morales que en tanto leyes pueden dar subsistencia a un Reino donde rija la causalidad por libertad. El hombre moralmente autónomo es legislador y a la vez súbdito: está subordinado a las leyes que legisla. Esas leyes no deben, por ende, ser contradictorias en sí mismas ni ser inconsistentes entre sí, para dar lugar a la creación del reino de los fines, del reino de la libertad. Kant ejemplifica con el suicidio. El sufrimiento, la desilusión y la desesperación pueden llevar a pensar en la solución del suicidio. Pero la máxima correspondiente no puede convertirse en ley universal –no puede universalizarse, se dirá actualmente–, y no puede serlo porque es inconsistente con el proyecto implícito en la Ley Moral de la realización del reino de los fines: una máxima que lo proponga no es contradictoria en sí misma, pero sí es inconsistente con respecto al resto de las leyes que darán existencia a un posible reino de los fines. Tal reino existe cuando los individuos se determinan a actuar por puro respeto al deber, un deber que ellos mismos se autoimponen, gobernándose por la razón práctica. En tanto actúan en consecuencia, es decir, en tanto concretan en la realidad natural la acción que el deber prescribe, por puro respeto a la ley, entonces contribuyen a la construcción del reino de los fines en este mundo.
El otro no solo como un medio. La tercera formulación del imperativo categórico prescribe: obra de tal manera que siempre consideres a los demás no solo como medios, sino al mismo tiempo como
fines en sí mismos. Los deberes morales refieren al otro porque surgen como necesidad de una convivencia pacífica (i. e., generan expectativas sociales de comportamiento brindando cohesión social). Las inclinaciones toman en cuenta solo la autoconservación, la voluntad pura, o lo que es lo mismo en Kant, la razón práctica (que guía la acción, a diferencia de la razón teórica que conoce), alude a la relación con los otros seres racionales, pues establece límites para la convivencia. Todos somos personas, por ser racionales, entonces somos capaces de actuar como legisladores y súbditos del reino de los fines, y contribuir a su concreción en este mundo. En consecuencia, nadie debe ser tratado únicamente como medio, sino que siempre todos deben ser tratados como fines en sí mismos, esto es, como seres capaces de dar libre consentimiento a la ley. La consideración del otro ser humano como un fin –y no solo como un medio para la realización de mis objetivos– significa respetar su autonomía (tratarlo como un ser igual a mí en su capacidad de actuar libremente).
La fórmula integral del imperativo categórico. Kant sintetiza las formulaciones del imperativo categórico en función de los componentes de una máxima, haciendo jugar, más o menos explícitamente, los conceptos de ley universal, autonomía, persona y reino de los fines: “Todas las máximas tienen efectivamente: 1º. Una forma, que consiste en la universalidad y en este sentido se expresa la fórmula del imperativo moral, diciendo: que las máximas tienen que ser elegidas de tal modo como si debieran valer de leyes universales naturales. 2º. Una materia, esto es, un fin, y entonces dice la fórmula: que el ser racional debe servir como fin por su naturaleza y, por tanto, como fin en sí mismo; que toda máxima debe servir de condición limitativa de todos los fines meramente relativos y caprichosos. 3º. Una determinación integral de todas las máximas por medio de aquella fórmula, a saber: que todas las máximas, por propia legislación, deben concordar en un reino posible de los fines, como un reino de la naturaleza” (Kant, 1980). Las tres formulaciones se integran así en una ética que supone la autonomía del ser humano, su capacidad de autolegislarse, y de hacerlo con los otros, que también deben ser tratados como seres autónomos.
Éticas deontológicas de la responsabilidad. Las actuales éticas del discurso, como las de Jürgen Habermas y Karl-Otto Apel, retoman el deontologismo kantiano. Después del giro lingüístico de la filosofía, en su etapa pragmática, desembarazándose de la filosofía moderna de la conciencia, y aceptando la crítica de Max Weber (que considera irresponsable no tomar en cuenta las consecuencias de las acciones o de la generalización de reglas de conducta (Weber, 1980), son
éticas deontológicas de la responsabilidad. En ellas, la evaluación ética de la máxima se realiza en diálogos reales que deben incluir, con voz y voto, a todos los afectados por las consecuencias de su posible aplicación. La ley moral exigirá que en cada momento una norma situacional sea evaluada como moral en tanto sea resultado de un consenso sobre su aplicación, obtenido por la evaluación de los argumentos a favor y en contra de su posible adopción como ley universal (ya no se trata entonces de un experimento mental, como en Kant, idéntico en cada ser racional, sino de diálogos reales para la formación de un consenso racional, es decir, un acuerdo basado en argumentos (que Habermas llama “entendimiento”).
Referencias Karl-Otto Apel, Una ética de la responsabilidad en la era de la ciencia. Buenos Aires, Almagesto, 1990. - Jürgen Habermas, Escritos sobre moralidad y eticidad. Barcelona, Paidós, 1991. - Immanuel Kant, Kants Werke. Akademie Textausgabe. Berlin, Walter de Gruyter, 1968; Crítica de la razón práctica. Madrid, Espasa-Calpe, 1975; Fundamentación de la metafísica de las costumbres. Madrid, Espasa-Calpe, 1980; Metafísica de las costumbres. Madrid, Tecnos, 1989; Filosofía de la historia. México, FCE, 1981. - Max Weber, “La política como profesión”, Ciencia y política. Buenos Aires, CEAL, 1980.
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