Control social
Paulo Antonio de Carvalho Fortes (Brasil), Universidad de São Paulo
Poder
El control del Estado y de la sociedad sobre el individuo. Hay diversas y distintas interpretaciones de lo que significa el control social. La visión clásica lo relaciona con los diversos instrumentos e instituciones que la sociedad y el Estado utilizan para ejercer el poder y regular el comportamiento de los individuos, para mantener el orden social y el sistema de valores morales dominantes. Recientemente, de manera casi diametralmente contraria al primer significado, el término control social pasó a ser utilizado como referencia a formas de control de la sociedad civil sobre la acción y la organización del Estado y de la administración pública. Como instrumento social de regulación del comportamiento de los individuos, el control social objetiva la manutención del orden social,
restringiendo los comportamientos que se desvían de la norma. Podemos comprenderlo como un conjunto de recursos materiales y simbólicos que la sociedad y el Estado utilizan para asegurar la conformidad de sus integrantes con un conjunto de valores y reglas en determinado momento histórico. En las sociedades premodernas las normas morales compartidas, mediadas diversas veces por principios de naturaleza religiosa, eran las únicas formas controladoras del orden social, mediante el escarnio, la sensación de ridículo, la rabia, el temor a la divinidad y el recurso de la violencia. En las sociedades más complejas, a las normas morales se agregan funciones del control social más especializadas –las normas jurídicas y la acción de agentes e instituciones del Estado–. Actualmente las normas morales y las jurídicas, así como las diversas prácticas institucionales, ejercen un control social desde el nacimiento de la persona hasta su muerte mediante modelos del bien y del mal, de lo correcto y lo incorrecto, de lo justo y lo injusto, prescribiendo lo que debe ser hecho y lo que no se debe hacer. Su validez moral estaría fundamentada en el bien común y priorizaría el principio de la justicia, más que el principio de la autonomía. Así, por su poder coercitivo, lleva a reducir la expresión de la voluntad autónoma del sujeto, limitando sus alternativas bajo amenazas de sanciones. La reflexión bioética sobre el control social nos lleva al pensamiento de John Stuart Mill (1806-1873). El filósofo inglés, autor de On Liberty, defendía que la interferencia de la sociedad y del Estado sobre la libertad de una persona cualquiera sería válida solo cuando fuese destinada a prevenir daños a los otros individuos o a la colectividad, o sea, objetivando el bien común, no siendo aceptable cuando fuese dirigida al beneficio de la persona. Engelhardt Jr. (1995) también expresa que no deberíamos hacer al otro lo que él no se hace a sí mismo. Solo deberíamos hacer aquello que hayamos acordado con la persona. Todavía se puede observar que las diferentes sociedades aceptan medidas paternalistas estatales, y esto depende de la cultura de cada sociedad y de su eficacia. Por ejemplo, hay diferentes países que adoptan medidas paternalistas, orientadas a cuestiones de morbilidad o de mortalidad, como el caso de la obligación del uso del cinturón de seguridad en los coches y del casco para los que conducen motocicletas. Estas son medidas impuestas a toda la gente, independientemente de su aceptación individual; así se objetiva la protección del individuo.
El control de la sociedad civil sobre el Estado: el control social institucionalizado. De modo diferente al significado de control social como acción de la sociedad y del Estado sobre el individuo, en las últimas décadas del siglo pasado el término
empezó a referirse a la participación social de los ciudadanos en la gestión y la prestación de servicios públicos. Alude así a la actuación del ciudadano en la toma de decisiones sobre la organización y el funcionamiento del Estado, procurando adecuar la acción estatal a las necesidades del colectivo. Este control social buscaría cambiar o modificar las condiciones sociales en vigor, permitiendo a los ciudadanos participar en la gestión y/o ejercer la fiscalización, preservando la eficacia de los derechos de la ciudadanía. El control social institucionalizado se diferencia de la participación comunitaria que muchas veces es demandada al ciudadano, pero cuando no interviene en la toma de decisiones, como ocurre en campañas de vacunación y de lucha contra enfermedades infecciosas como el dengue y la malaria. El incremento del control social en las políticas públicas puede ser comprendido como forma de democracia participativa o de democracia directa, que lo diferencia de la democracia representativa parlamentaria. La participación del ciudadano se da de forma directa o mediante representación en las instituciones responsables por las políticas públicas. De esa manera se puede entenderlo como un instrumento de la sociedad para acompañar, monitorear, fiscalizar y evaluar las acciones del poder público. Puede contar con una pluralidad de formas asociativas populares en la toma de decisiones de las políticas públicas, y esto puede resultar en una mayor representatividad de los diversos y diferentes intereses y valores morales de la sociedad. El control social institucionalizado posibilitó la presencia de nuevos actores sociales, principalmente provenientes de los estratos sociales más desfavorecidos, actuando mediante movimientos sociales urbanos que exigen bienes y servicios públicos al poder público, luchando por los derechos sociales en cuestiones de raza, género, sexo, calidad de vida y preservación del medio ambiente. También presenta un potencial expresivo para promover la autonomía de los participantes y de la comunidad, por medio de un proceso de movilizaciones y prácticas destinadas a mejorar la vida de diferentes grupos sociales, aumentando su visión crítica de la realidad social. Y mantiene un potencial para atenuar las iniquidades de nuestro ambiente cultural y político, ampliando las posibilidades de políticas sociales orientadas por principios éticos de equidad y de solidaridad.
La situación en América Latina. Últimamente, varios países latinoamericanos desarrollaron diversas experiencias relacionadas principalmente con los campos de la salud, del medio ambiente, de la enseñanza, de la seguridad, de la asistencia social y de la defensa de los derechos de los niños, adolescentes y ancianos, con funciones deliberativa, consultiva y fiscalizadora. También se
instituyeron colegiados sociales para el control de las políticas públicas, incluyendo la aplicación de presupuestos financieros en programas gubernamentales específicos. Además, no se puede olvidar que su acción se realiza dentro de un contexto dinámico de transformaciones sociales y económicas características de las dos últimas décadas que afectan al medio ambiente y a las relaciones del trabajo, así como a los sistemas de salud. La orientación liberal, que fue hegemónica hasta hace poco tiempo en América Latina, acepta que el principio ético fundamental a ser observado en la distribución social de recursos sea la garantía de la libertad de las personas para tomar decisiones en su vida. Al Estado se le exige solo que sea el garantizador del orden, de la seguridad, de las libertades individuales y del derecho a la propiedad. No se le pide la resolución de las necesidades individuales, ni la implementación de derechos sociales, como el derecho a la salud. Así, en el contexto del pensamiento liberal, el control social tiene dimensiones diferenciadas cuando se compara con sistemas sociales que se fundamentan en las necesidades de las gentes. De modo diferente, las teorías éticas que se fundamentan en las necesidades defienden que la sociedad organizada y el Estado, mediante la implementación de políticas públicas, deban intervenir para garantizar la justicia distributiva y la equidad, minimizando los efectos de las loterías biológica y social. En los sistemas sociales orientados por las necesidades de los individuos, el control social institucionalizado presenta un campo de acción más amplio, en razón del alcance y la dimensión de las políticas sociales. Aunque, para que sean eficaces, sus mecanismos deben posibilitar el incremento de la acción dialógica implicando a los diversos interesados, explicitando conflictos de intereses y valores, valorizando la existencia del otro y buscando consensos posibles. Deben aceptar que todos los grupos sociales de interés en un determinado campo social, como el de la salud o el del medio ambiente, sean interlocutores válidos, que deben ser escuchados y que puedan influir en la toma de decisiones para los programas, proyectos y políticas sociales. También, que sean garantizados los fundamentos que definen una sociedad posconvencional, defensora de los valores universales y garantizadora de la existencia de situaciones de simetría para llegar a acuerdos satisfactorios para los diversos segmentos sociales representados. De esta forma, el control social institucionalizado no solo tenderá a ampliar el sentimiento de pertenencia de los individuos con relación a su comunidad, sino también a propiciar el establecimiento de una cultura participativa, transformadora del carácter paternalista y autoritario dominante en nuestro medio latinoamericano.
Referencias H. T. Engelhardt. Fundamentos de bioética, São Paulo, CUSC/Loyola, 1995. - J. S. Mill. On liberty, London, Penguin Books, 1985.
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