Nicolás II (6 diciembre 1058 - 19 o 26 julio 1061)
Elección en discordia. Hubo un interregno. La nobleza romana, dirigida por Gregorio de Tusculum y Gerardo de Galería, aprovechó la ausencia de los cardenales para intentar una recuperación de su poder, haciendo aclamar por el pueblo a Juan, apodado Mincius, cardenal obispo de Velletri, que tomó el nombre de Benedicto X. La elección podía calificarse de prudente, pues Juan Mincius pertenecía al grupo de reformadores y su nombre había sonado incluso entre los posibles papas. Como Pedro Damiano se negó a consagrarlo, tuvo que acudir al arcipreste de Ostia. Los cardenales que permanecían en Roma le negaron obediencia y fueron a reunirse en Florencia con los demás miembros del colegio. Hildebrando había regresado y estaban en marcha negociaciones con la regente Inés y con Godofredo de Lorena. Asegurados estos apoyos se reunieron en Siena para elegir al obispo de Florencia, Gerardo, que tomó el nombre de Nicolás II. Durante nueve meses pudo Benedicto X ejercer en Roma funciones de papa. Un sínodo reunido en Sulri excomulgó a Juan Mincius, despojándole de sus beneficios. Las tropas toscanas se encargaron de expulsarle de Roma y, después, de poner cerco al castillo de Galera hasta conseguir que el conde Gerardo le entregara. Bonifacio reconoció la legitimidad de la sentencia contra él, se despojó de sus cargos y se retiró a una de las propiedades de la familia. Los re formadores no se conformaron. Hildebrando se encargó de conducirlo preso a Roma para ser sometido a juicio, mientras él protestaba de que había sido elegido papa contra su voluntad. Considerado culpable, fue degradado en ceremonia pública y encerrado en el hospicio de Santa Inés en la vía Nomentana. El resultado de esta contienda era bien claro: los cardenales, ausentes de Roma y sin consulta al pueblo, habían procedido a rechazar a un candidato y elegir a otro, entronizándolo después. Decreto electoral. Esta victoria y el cambio subsiguiente fueron confirmados en el sínodo romano de la primavera de 1059 que aprobó el decreto Praeducens sint, determinando el procedimiento que debía seguirse en la elección de papa. Constaba de tres fases: primero, los cardenales obispos se reunirían para escoger un candidato; luego comunicarían con los otros cardenales el resultado de su decisión; por último, el electo sería presentado al pueblo para su aclamación. Antón Michel (Papstwahl und Kónigsrecht, oder das Papstwahl-Konkordat von 1059, Munich, 1936) descubre en el documento un aspecto capital. En adelante, y como resultado de los trabajos de Humberto de Silva Candida, el mecanismo electoral se reducía a un colegio muy reducido de cardenales obispos y ni siquiera sería necesario que se reuniesen en Roma. A pesar de que —sobre esto llama la atención A. Fliche La reforme grégorienne, I, París, 1924)— se introdujese en el documento la fórmula de estilo, «salvo debito honore et reverentia dilecti filii nostro Henrici», era evidente la intención de prescindir en absoluto de la intervención del emperador o de sus representantes.
El decreto de 1059 establecía el procedimiento de elección colegial que, con algunas variantes, ha perdurado hasta nosotros. Esto no significa que se aplicara en todas las vacantes posteriores. En aquel momento los cardenales eran 53, de los cuales 25 poseían «título» sobre una de las iglesias romanas, y siete eran obispos suburbicarios (Ostia, Porto, Albano, Santa Rufina o Silva Candida, Sabina, Frascati —Tusculum— y Preneste —Palestrina—). En el mismo sínodo de 1059, al renovar los cánones contra la simonía y el nicolaísmo se mencionó por vez primera una condena de la «investidura», esto es, la entrega de un oficio eclesiástico por parte de un laico a un clérigo. De momento, la nueva ley no se aplicó porque se temía la reacción de los príncipes soberanos y especialmente del emperador. Pero el principio jurídico se había establecido.
Había motivos sobrados para este temor. Toda la estructura social y la de gobierno se apoyaban entonces en el vasallaje, es decir, el principio contractual de una fidelidad personal a la que se hacía coincidir con la libertad; fuera de ella sólo quedaban los siervos o los semilibres. La idea de que existe una obligación pública, como de súbdito a rey, general, había sido sustituida prácticamente y de manera universal por esa obligación privada de vasallo a señor. Las iglesias, parroquiales o episcopales, en cuanto que formaban parte del entramado social, se sujetaban a ese principio mediante la investidura, un término que en principio significaba la entrega de un beneficio por el señor al vasallo. Para el emperador la cuestión era especialmente grave, ya que los vasallos eclesiásticos, célibes, constituían el principal apoyo de su gobierno. Ahora los cánones del 1059 no sólo le despojaban de su intervención en el nombramiento de papas (algo que podía presentar como un poderoso servicio a la Iglesia, al liberar a su cabeza de la opresión a que la sometieran las facciones romanas), sino que ponía en peligro la estructura misma del Imperio. El sínodo había revelado, además, cuánta energía acumulada tenían los reformadores: Berengario de Tours fue de nuevo juzgado y obligado a firmar un texto en que se reconocía la presencia real de Cristo en la eucaristía sin que se admitiesen tergiversaciones ni simples disquisiciones dialécticas.
Acuerdo con los normandos. Para prevenirse de una probable reacción imperial, Nicolás II, siguiendo los consejos de Hildebrando y de Desiderio de Montecassino, decidió operar una reconciliación plena con los normandos: en el sínodo de Melfi (agosto de 1059), uno de los hijos de Tancredo de Hauteville fue investido como vasallo de la sede romana en razón de su título de príncipe de Apulia y Calabria, con derecho de conquista sobre Sicilia, en poder de los musulmanes. El primer servicio que los normandos prestaron fue, precisamente, el asedio y rendición de Galería. Nuevos sínodos, en 1060 y 1061, insistieron en sus sentencias contra la simonía. Nicolás II envió legados a todos los países de Occidente para reclamar el establecimiento de la liturgia romana, comunicar los decretos de reforma y explicar los objetivos que con ella se perseguían. Pedro Damiano y Anselmo de Lucca visitaron Milán, entrando en contacto directo con los «patarinos» y buscando el modo de reducir a disciplina el movimiento. Guido, el arzobispo, y sus clérigos, manifestaron que aceptaban plenamente la reforma; en un gesto lleno de significado, el prelado compareció ante el sínodo romano de 1060, recibiendo del papa el báculo y el anillo, como si considerara inválida o insuficiente la anterior investidura que obtuviera de manos del emperador.
Sin embargo, cuando el cardenal Esteban, a quien se confió la legación en Alemania, llegó a la corte de Enrique IV, encontró un ambiente muy desfavorable. El arzobispo Annon de Colonia, que había llegado a convertirse en uno de los principales consejeros, maniobró de forma tal que el legado no fue recibido. Presagio de ruptura en torno a la cuestión concreta de las investiduras laicas. En 1061 un sínodo de obispos alemanes rechazó los decretos del 1059, excomulgó a Nicolás II y declaró nulos sus actos. De modo que las espadas estaban en alto cuando la muerte del papa, en Florencia, evitó lo que parecía un choque frontal.
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