Derecho al cuerpo propio
Dora Porto (Brasil), Universidad de Brasilia
Cuerpo humano
Dimensión individual y colectiva del derecho al cuerpo propio. El derecho al propio cuerpo es condición existencial inalienable de todos los seres humanos. Inherente a la vida, ese derecho emana de dos parámetros que se sobreponen: la legitimidad, facultada por la existencia misma de la persona en el mundo, manifiesta como ser moral y social en la materialidad de su cuerpo; y la legalidad, socialmente otorgada por normas y leyes, delineadas en el intento de salvaguardar la vida de los individuos y del cuerpo social asegurando su dignidad. En la dimensión individual, ese derecho se manifiesta en la capacidad de elegir y en el poder de decidir sobre la existencia, por sí y para sí mismo, incluida la deliberación sobre la continuidad de la propia vida y, si es posible, sobre su término, la muerte. En la dimensión colectiva, presupone no sólo la garantía social de la existencia, sino también de los medios para el disfrute de la vida con dignidad y calidad, incluidos los necesarios a la conducción de su término en las mismas condiciones, siempre que esto exprese la legítima voluntad de la persona. El reconocimiento concreto, ontológico, social y legal del derecho al propio cuerpo de cada persona debe ser medido por la respuesta efectiva de la colectividad, del Estado y de las instituciones y organizaciones a las necesidades específicas de individuos y grupos.
Poder de uso del cuerpo y derecho al cuerpo propio. Aunque el derecho al propio cuerpo sea inherente a la existencia del ser, no se consustancia como realidad manifiesta para todos, pues muchas personas tienen el derecho de disponer de su cuerpo como se les antoja, y otras no. Además, algunas pueden determinar cómo deben disponer otras de su propio cuerpo, y estas deben de someterse a
aquellas. Lo que determina tal diferencia es la posición del individuo en la estructura social, que condiciona los roles por desempeñar y vuelve palpable la relación entre el poder de uso del cuerpo y el derecho al propio cuerpo. Históricamente, se observan diversos tipos de cesiones de poder y derecho relacionadas a la supervivencia y al proceso productivo. El trabajo marca el ritmo de la vida cotidiana, condiciona el uso del cuerpo y dispendio del tiempo. La capacidad de elegir y el poder de decidir sobre sí mismo derivan de esa interpretación arbitraria, pero socialmente legitimada y compartida, de la situación de vida de la persona con relación a su capacidad de garantizar la propia supervivencia. Esta interpretación está mediada por el significado y valor atribuidos al sexo, edad y a la condición de salud física y mental de la persona. El valor conferido a esas características produce recortes que se interpenetran, definiendo grupos que pueden ejercer el poder sobre sí y otros que no poseen esta capacidad.
La negación del poder y el derecho al propio cuerpo para las mujeres. En la comparación entre los patrones de cesión que confieren o imposibilitan el derecho al propio cuerpo en las sociedades latinoamericanas, se destacan los que dibujan los roles de género. Esta primera forma de apropiación del cuerpo y del trabajo puede ser percibida en la imposición sobre el uso del cuerpo y de los productos que pueden ser generados por el cuerpo de la mujer. La cosificación del cuerpo femenino, la idealización de patrones de comportamiento subordinados, el cercenamiento de la sexualidad, las imposiciones sobre el embarazo y el parto son algunas de las manifestaciones de la supresión del derecho al propio cuerpo impuestas a las mujeres. Muchas veces están amparadas por las legislaciones. En el plan social, la negación del poder y del derecho al propio cuerpo para las mujeres está marcada por obstáculos a la obtención de conocimiento para transformar su situación, como el acceso al idioma nacional o a la educación formal. Además, el trabajo que les es imputado milenaria y universalmente, la manutención del hogar y el cuidado de sus habitantes, no es reconocido y valorado como actividad productiva, configurándose real apropiación de su tiempo y energía. En cualquier lugar de Latinoamérica las mujeres disfrutan menos el derecho al propio cuerpo que los hombres, pues se levanta un sinnúmero de obstáculos culturales, económicos y sociales para restringir su poder de decisión sobre su propio cuerpo.
La apropiación del cuerpo en niños, ancianos y enfermos. La apropiación del cuerpo y del poder de decidir sobre él afecta también a los niños y ancianos. En lo que respecta a los niños, esto deriva de
la natural dependencia del recién nacido y de la vulnerabilidad del niño al ambiente, al medio social y a la cultura en la que vive. La interpretación que cada sociedad o grupo atribuye a la niñez puede aumentar o disminuir el periodo en que al niño se le priva el poder y el derecho de decidir sobre su propio cuerpo. Con relación a los ancianos, la apropiación del poder y del derecho de decidir sobre su propio cuerpo también cambia entre las distintas sociedades. En aquellas en que el modo de producción tiende a reproducir procesos tradicionales de relación con el trabajo, el conocimiento de los ancianos es más valorizado, lo que les otorga mayor poder y derecho. En las sociedades en que el proceso de trabajo es asociado a transformaciones tecnológicas, ya no ocurre lo mismo. Igual a los niños, la inadecuación al proceso productivo acentúa la vulnerabilidad del anciano, repercutiendo en su capacidad de elegir y en el poder y derecho de decidir sobre su cuerpo y su vida. Con relación a las condiciones de salud física y mental, el poder y el derecho de decidir sobre el propio cuerpo varían entre las diferentes sociedades y grupos, así como difiere la conceptuación de la salud y enfermedad en cada contexto. En general, es posible decir que los factores que impiden el ejercicio del poder de decisión y el disfrute del derecho al propio cuerpo en personas cuya salud física o mental sea considerada comprometida se relacionan con la imposibilidad de la persona de exteriorizar explícitamente su elección con relación al propio cuerpo y con la incapacidad de hacer valer su voluntad, sobre todo si tal elección contradice la moralidad vigente sobre las cuestiones que involucran la vida y la muerte, como ocurre en diversas sociedades latinoamericanas con relación al aborto y la eutanasia.
El derecho al propio cuerpo en América Latina. Sobre estos patrones estructurantes se organizan los factores que condicionan otros aspectos de la división del poder, que derivan de la colonización latinoamericana, de la explotación sistemática de la tierra y del etnocidio contra las poblaciones nativas. La explotación y la esclavización de las poblaciones amerindias fueron una constante que delineó la desigualdad en todo el continente. La presencia de los negros africanos, trasladados a distintas partes de Latinoamérica en condición de esclavitud, fomentó la reproducción de la desigualdad, anclada en criterios étnicos, de color y raza, que aún marcan la exclusión social y la marginación económica de la mayoría de la población. La esclavitud niega el derecho al propio cuerpo. Después de la independencia, esta perversa herencia colonial se volvió aún más pesada por los sucesivos golpes de Estado y los gobiernos dictatoriales, que consolidaron el poder de las elites, instaurando creciente asimetría entre los distintos
segmentos y grupos en cada sociedad. El interés en la manutención de los privilegios económicos de la minoría conquistó prioridad sobre las necesidades colectivas de la mayoría. Aun cuando las leyes de los Estados prescriban la igualdad legal, la realidad en que viven mujeres, niños, indígenas y negros es marcada por la miseria, que restringe el poder de decidir sobre el propio cuerpo. La inserción de Latinoamérica en la economía de mercado contemporánea agravó aún más este panorama. Circunscrito al factor económico, el poder se concentra en las manos de los que pueden pagar por los beneficios del consumo, disminuyendo drásticamente la capacidad de elección y el poder de decisión sobre la propia existencia para los individuos, grupos y segmentos, social y económicamente excluidos. Al crear pasiones y manipular deseos, el comando invisible del mercado globalizado sostiene la ideología que asocia consumo y placer: el consumo es identificado con el supremo placer porque a él se atribuye la capacidad de garantizar todos los placeres, de la dimensión física a la social. En virtud de eso, el derecho al propio cuerpo se convierte cada vez más en una abstracción que pasa a lo largo de la vida concreta de las personas. La negación del derecho elemental a decidir sobre algo tan inherente y básico como el propio cuerpo, el vehículo de la existencia, establece un desequilibrio entre la experiencia del placer y del dolor. El placer es facultado apenas a los que pueden refugiarse en las islas del consumo, mientras que los demás deben sumergirse en el dolor, a la deriva en los males de la miseria colectiva. Para que el derecho al propio cuerpo pueda ser, de hecho, condición existencial inalienable de todos en Latinoamérica, es preciso alterar el cuadro de exclusión, considerando la perspectiva autóctona como punto de partida. En este sentido, la bioética latinoamericana tiene un papel fundamental, pues regresa la discusión ética a sus orígenes, la arena social, apuntando formas de intervención que puedan garantizar respuestas efectivas a las necesidades específicas de individuos y grupos.
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