OBLACIONES
Son ayudas que dan los fieles a la Iglesia. Pueden ser de distintos tipos:
1. Oblaciones espontáneas (c. 1261 § 1) Son bienes (entregados generalmente en forma de dinero) que se ofrecen libremente e la Iglesia, por propia iniciativa.
2. Oblaciones con ocasión de la administración de los sacramentos y/o sacramentales (c. 1264, 2).
3. Colectas (c. 1262). Son también oblaciones; pero ofrecidas a petición de la autoridad competente. Son el medio ordinario por el que la Iglesia adquiere bienes temporales para sus necesidades.
4. Colectas especiales. “En todas las Iglesias y oratorios que de hecho estén habitualmente abiertos a los fieles, aunque pertenezcan a institutos religiosos, el ordinario del lugar puede mandar que se haga una colecta especial en favor de determinadas obras parroquiales, diocesanas, nacionales o universales, y que debe enviarse diligentemente a la curia diocesana” (c. 1266).
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