PROMULGACION DE LA LEY
7; entra en vigor tres meses después de la , 8 §2; promulgación de la interpretación por ley, 16;de los decretos, 31 §2;de los decretos del Concilio Ecuménico, 341 §2;del Concilio particular, 446;de la Conferencia Episcopal, 455 §3;de las disposiciones estatutarias hechas en forma de ley, 94 §3.
Codex Iuris Canonici (1983)
Código de Derecho Canónico (1983)
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