Tribunal de la Signatura Apostólica
Es el tribunal eclesiástico de la Curia Romana que ejerce la función de Tribunal Supremo de la Santa Sede.
Desde el siglo XIII existieron organismos encargados de esta misión, pero fue San Pío X quien, en 1909, reunificó en una sola Signatura Apostólica estas funciones judiciales. En la actualidad se rige por lo dispuesto en la Constitución Apostólica Pastor bonus, promulgada por San Juan Pablo II en 1988.
Entiende sobre las querellas de nulidad y las peticiones de restitución in integrum contra las sentencia de la Rota Romana. Los recursos contra la negativa de la Rota a un nuevo examen de las causas sobre el estado de las personas y los procedimientos contra los jueces de la Rota, son también competencia suya.
Por otra parte, se puede apelar a ella, en el plazo de 30 días, contra los actos administrativos singulares dados por los restantes dicasterios de la Curia.
Como Tribunal Supremo dirime las controversias administrativas que le son presentadas al Papa o a los dicasterios de la Curia, vigilando sobre la recta adiministración de la Justicia y otros asuntos que le son propios. Asimismo, tiene atribuciones derivadas del ordenamiento jurídico del Estado de la Ciudad del Vaticano y de algunos concordatos.
Está presidido por un Cardenal nombrado por el Papa, al igual que todos sus miembros, funcionando de acuerdo con una Ley propia.
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