CONSEJO FINANCIERO
Organismo diocesano dispuesto por el Código de Derecho Canónico que se encarga de preparar el presupuesto diocesano anual y revisar anualmente los gastos e ingresos diocesanos. El consejo financiero debe ser consultado para las transacciones financieras a partir de un nivel dado en dólares realizadas por el obispo y debe dar su consentimiento a transacciones a partir de otro umbral en dólares. Los montos límites se establecen periódicamente por un acuerdo con la Santa Sede y actualmente están sujetos a cambios anuales en la inflación determinados por el índice del costo de vida.
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