CELIBATO
Es la manera eminente de dedicarse más fácilmente a Dios sólo con corazón indiviso (CEC, n. 2349).
Se refiere a la decisión de vivir castamente en el estado de soltería. En la ordenación, un sacerdote diocesano o un diácono soltero en la Iglesia Católica del rito latino hace promesa de celibato. La promesa no debe denominarse “voto”. Adj. célibe. Véase castidad.
Guarda este contenido en tu perfil
Inicia sesión o crea tu cuenta para guardarlo.