CARDENAL
Es la más alta dignidad después del Pontífice Romano. Tiene dos funciones fundamentales: auxiliar y asesorar al Papa en el gobierno de toda la Iglesia; y, cuando la Santa Sede está vacante, gobernar colectivamente la Iglesia Universal hasta la designación del nuevo Papa.• La elección y nombramiento de los Cardenales compete exclusivamente al Papa, quien los elige entre los miembros destacados del Episcopado de las diversas naciones y entre los eclesiásticos más distinguidos por su ciencia y sus servicios en la Curia Romana. Su número es variable, al arbitrio también del Sumo Pontífice hasta un máximo de 120. Actualmente son obispos, aunque en el momento de la elección pueden ser sólo sacerdotes. • Los cardenales son consultados también por el Papa en las causas de los santos. Presiden los Dicasterios o Congregaciones Romanas.• Los cardenales tienen la misión de elegir, entre ellos, al Papa, en una reunión llamada CÓNCLAVE (“con clave” o “con llave”. Se encierran a deliberar y votar).• El Papa puede llamar a una reunión del colegio de cardenales, denominada CONSISTORIO. Hay consistorios ordinarios y extraordinarios.• Los CARDENALES se “CREAN”. No se “nombran” ni se “designan”.• Un CARDENAL en una diócesis no tiene autoridad jerárquica por ser tal, sino en cuanto OBISPO de esa diócesis. Es un título, no un cargo. También se llama a los cardenales PRÍNCIPES DE LA IGLESIA.• EL CARDENAL NO ES EL “JEFE DE LA IGLESIA DE UN PAÍS”.• CARDENAL es un título. Se les puede nombrar como “Su Eminencia”, “Eminencia Reverendísima”. Lo más frecuente es llamarlos CARDENAL o SEÑOR CARDENAL.• Es correcto decir “El Arzobispo de Guadalajara, CARDENAL José Francisco Robles Ortega”.• UN CARDENAL DEJA DE SER MONSEÑOR.
El clérigo católico de más alto rango por debajo del papa. Según la ley eclesiástica los cardenales son considerados los asesores más cercanos del papa, y cuando un papa muere, los que aún no tienen 80 años de edad se reúnen en un cónclave en Roma para elegir un nuevo papa. La mayoría de los cardenales son arzobispos; desde 1983, el derecho canónico dice que deben ser por lo menos obispos, pero se han hecho excepciones en varios casos en que un sacerdote teólogo notable mayor de 80 años ha sido nombrado cardenal para honrar sus contribuciones teológicas a la iglesia. Véase Colegio Cardenalicio.
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