Asistencialismo
Definición. Forma de acción social o pastoral que se limita únicamente a responder necesidades inmediatas sin promover procesos de desarrollo integral, corresponsabilidad, transformación de las causas profundas de la vulnerabilidad o crecimiento de la persona y la comunidad.
Raíz doctrinal. Pontificio Consejo Justicia y Paz. Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia (2004), nn. 182–184, 373–374 y 449. Papa Francisco. Evangelii Gaudium (2013), nn. 178–188 y 199. Papa Benedicto XVI. Deus Caritas Est (2005), nn. 28, 31 y 34.
En la Arquidiócesis. La Arquidiócesis reconoce la atención inmediata como una expresión necesaria de la caridad cristiana, pero evita reducir la pastoral social únicamente a la entrega de ayuda material. La acción pastoral busca acompañar procesos de desarrollo integral, restauración personal, reincorporación familiar, social y eclesial, promoviendo la dignidad, el sentido de vida y la participación activa de las personas.
No es. Atender únicamente emergencias sin acompañamiento posterior. Generar dependencia permanente de ayudas materiales. Mostrar a las personas vulnerables como objetos de lástima o receptores pasivos. Utilizar la caridad únicamente como acción asistencial sin evangelización, dignificación o promoción humana. Confundir la promoción integral con activismo social desligado del Evangelio. Ayudar al necesitado partiendo de mis carencias o necesidades o mi sola visión de la problemática que atiendo sin profundizar.
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