MONSEÑOR
Término de significación amplia. Normalmente se refiere a los ordinarios enumerados en el c. 134 § 1 y que son: el Papa, los obispos diocesanos y todos aquellos que, aun interamente, han sido nombrados para regir una Iglesia particular o una comunidad a ella equiparada según el c. 368, y también quienes en ellas tienen potestad ejecutiva ordinaria, es decir los vicarios generales y episcopales; así también, respecto a sus miembros, los superiores mayores de institutos religiosos clericales de derecho pontificio y de sociedades clericales de vida apostólica de derecho pontificio, que tienen, al menos, potestad ejecutiva ordinaria.
Por extensión se aplica este título a aquellos que tienen alguna función en la curia romana y diocesana así como a los que gozan de la potestad administrativa en la Iglesia.
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