ALIENACION (ENAJENACION).
1. En sentido amplio, se refiere al traslado del derecho de propiedad (venta, donación, etc) así como a los derechos reales sobre la misma (servidumbre, hipoteca, enfiteusis, etc), es decir, cualquier contrato mediante el cual los bienes de la Iglesia se exponen a perderse, quedando la respectiva persona jurídica en peor condición económica (c. 1295).
2. En sentido estricto es todo contrato mediante el cual se transfiere de uno a otro el dominio pleno de una cosa.
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