PARTIDOS POLITICOS
los clérigos no deben participar activamente en los , 287 §2; los religiosos y los , 672; losy los directores de las asociaciones públicas de fieles, 317 §4; libertad en asuntos temporales, 227.
Codex Iuris Canonici (1983)
Código de Derecho Canónico (1983)
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