CAUCION
del abogado y del procurador, 1484-1485;anterior a la acción inhibitoria y de secuestro, 1499;para la ejecución provisional de la sentencia, 1650 §3;para suspender la restitutio in integrum, 1647 §2;del Obispo presidente del Tribunal, 1649 §1,5°.
Codex Iuris Canonici (1983)
Código de Derecho Canónico (1983)
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