Relaciones
(CARNALES Y ESPIRITUALES)
En general, los teólogos entienden por relaciones cierta conexión entre las personas, establidas ya sea a través de la naturaleza o por la ley civil o por la ley canónica. De aquí que distinguen tres clases: las naturales, las legales y las espirituales. No nos referiremos aquí a las relaciones legales. Las relaciones naturales o carnales se originan de la relación sexual entre el hombre y la mujer, ya sean éstas maritales o no. Las relaciones pueden ser por consanguineidad y por afinidad. Las relaciones espirituales fueron introducidas por la ley lesiástica. Se asocian con la administración de los Sacramentos del Bautismo y de la Confirmación. En cada caso se dan entre el ministro y el reptor del sacramento y también entre los padrinos por un lado y el reptor y sus padres por el otro. De acuerdo con la disciplina existente, pueden operar como un impedimento canónico del matrimonio entre las personas. (Ver AFINIDAD; CONSANGUINEIDAD; MATRIMONIO.)
SLATER, Manual of Moral Theology (New York, 1908); D’ANNIBALE, Summula Theologio Moralis (Rome, 1908); BALLERINI, Opus Theologicum Morale (Prato, 1900).
JOSEPH F. DELANY.
Transcrito por Douglas J. Potter
Dedicado al Sagrado Corazón de Jesús
Traducido por Raúl Toledo
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