Nuncio
Históricamente se daba el nombre de nuncio a los legados que, con carácter temporal, eran designados por el Papa para ejercer como representantes diplomáticos suyos ante determinados Estados.
Las nunciaturas de primer nivel eran las de Austria (como heredera del Imperio), Francia, España y Portugal. Al término de su cometido, los nuncios acreditados ante esos países solían ser nombrados cardenales. También tenían el rango de nuncios los representantes diplomáticos en Argentina, Baviera, Bélgica, Brasil, Colombia, Chile y Perú.
Los legados ante otros países recibían la denominación de internuncios y con el nombre de delegados apostólicos se conocía a los representantes de tercer nivel.
Benedicto XVI suprimió la denominación de delegado apostólico, reservándola para los representantes que, sin carácter diplomático, eran nombrados para misiones específicamente eclesiásticas.
El vigente Código de Derecho Canónico engloba a todos bajo la denominación de Legados del Romano Pontífice, aunque se sigue utilizando la de nuncio para aquellos legados acreditados ante países que reconocen el decanato del Cuerpo Diplomático para el representante del Papa, denominando pronuncios a los acreditados ante aquellos países que no otorgan el citado decanato, aunque tienen la misma consideración de embajador que los nuncios. Lo que ha desaparecido es el rango de internuncio, en cuanto enviados de segunda clase.
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