Manda forzosa
Junto a las mandas pías que, con carácter voluntario podía dejar en su testamento cualquier persona, se llegó a obligar a establecer mandas o legados forzosos con fines piadosos o no.
Entre ellas las más antiguas eran las destinadas a la redención de cautivos y a la conservación de los Santos Lugares.
Curiosamente, un Decreto de las Cortes de 3 de mayo de 1811 creó la obligación de señalar, en todos los testamentos, una manda forzosa de 12 reales de vellón a favor de las viudas y huérfanos de los muertos y prisioneros de la Guerra de la Independencia, encargando de su recaudación a los párrocos. No se suprimió hasta el 23 de mayo de 1845.
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