Encomienda
En las órdenes militares es el territorio que se confiere a uno de sus caballeros, con el título de comendador que, además de su carácter honorífico le atribuye el gobierno y administración del mismo. De sus frutos, en la Orden Malta, una tercera parte era para su sustento, otro tercio para la Orden y el tercero para mejoras de la propia encomienda, a través de obras de mantenimiento o nuevas construcciones.
En el Derecho eclesiástico recibía este nombre la provisión de un beneficio a una persona, con carácter temporal, para que lo gobernase hasta que lo recibiera en propiedad la persona nombrada, percibiendo mientras tanto las rentas del mismo.
También podía proveerse en un clérigo secular un beneficio regular, sin necesidad de que efectuara la profesión religiosa. En este sentido, el Papa podía dar en encomienda monasterios no habitados por sus monjes, aunque con ciertas limitaciones.
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