Edicto de Gracia
Cuando un tribunal del Santo Oficio tenía conocimiento de la comisión de algún delito en el que era competente, sin que se hubiera dado una delación expresa, iniciaba las indagaciones para comprobarlo, entre las que, como primera medida, figuraba la promulgación de un Edicto de Gracia, en virtud del cual se establecía un plazo de treinta a cuarenta días para que, en el transcurso del mismo, los posibles reos pudieran autoinculparse, haciéndose merecedores de ciertos beneficios en las penas que pudieran corresponderles, entre ellas la de eludir la condena a muerte.
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