Bendición nupcial
Es la que imparte el sacerdote a los contrayentes en el momento de celebración del Sacramento del Matrimonio del que ellos son ministros. También el diácono puede, recibida la facultad del párroco o del Ordinario, presidir la celebración del Sacramento, sin excluir la bendición nupcial. Uno y otro son testigos del compromiso que los cónyuges efectúan ante Dios y ante la Iglesia, bendiciendo esa unión para la que pide la acción de la Gracia.
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