Ladrón
El A. T. prohíbe radicalmente el robo (Ex 20,15; Dt 5,19). El ladrón era únicamente sancionado con la indemnización; ése es el único derecho que ampara al que ha sufrido el robo. Pero la indemnización consistía en restituir no sólo lo robado, sino más que lo robado: el doble (Ex 22,3), el cuádruple, el quíntuple (Ex 21,37; Lc 19,8) y hasta el séptuple (Prov 6,30-31). El N. T. prohíbe igualmente el robo (Mt 15,19; 19,18; Mc 7,21; 10,19; Lc 18,20), y se condena al ladrón, que no hace más que robar, matar y destruir (Jn 10,10). Jesucristo considera como ladrones a los falsos pastores (Jn 10,1). El día del Señor llegará como ladrón en la noche (1 Tes 5,2. 4), y así también la venida del Hijo del hombre (Mt 24,43; Lc 12,39), por lo que hay que estar siempre preparados.
E. M. N.
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