Concilio de Vienne (1311-1312)
Este concilio fue convocado por Clemente V (1305-1314) desde Poitiers, el 12 de agosto de 1308. La bula de convocación señalaba como temas a deliberar: el problema suscitado por la Orden del Temple, la reforma eclesiástica y el rescate de Tierra Santa. Conviene anotar en relación con los obispos invitados, que no lo fueron todos, como se venía haciendo hasta entonces, sino que, tras un acuerdo con el rey de Francia, se invitaron nominalmente. La llamada «lista de París» estaba compuesta por 165 nombres, mientras que la lista definitiva de los convocados es de 231.
El comienzo se demoró más de un año hasta el 16 de octubre de 1311, debido a los procesos abiertos contra los templarios. El número de los asistentes fue de unos 120 entre obispos y abades mitrados; si añadimos los procuradores de obispos ausentes, de cabildos y de monasterios, el número podría ascender a unos 300. La reunión tuvo lugar en la catedral de San Mauricio. El discurso del papa se centró especialmente en el arreglo de la cuestión de los templarios. Por iniciativa de Clemente V se creó una comisión para resolver este espinoso asunto, pero sin fijar plazo para la próxima sesión, como se solía hacer en otras ocasiones.
La comisión determinó por amplia mayoría que el proceso contra los templarios se reemprendiese desde el principio y se permitiese la defensa de la orden. Pero la presencia del rey de Francia en la propia ciudad, dada su conocida animadversión hacia los templarios, debió de ejercer fuertes presiones sobre el papa. La realidad fue que no se llevó a la práctica lo decidido por la comisión, sino que el papa siguió una vía, que podríamos calificar de administrativa, y decretó por la bula Vox in excelso de 22 de marzo de 1312 la supresión de la orden del Temple. Sus codiciados bienes fueron atribuidos a la Orden de Malta, a excepción de los existentes en los reinos de la península ibérica (Castilla, Aragón, Portugal) y Mallorca. La disolución de la orden se hizo pública en la segunda sesión del 3 de abril de 1312. Es interesante subrayar este nuevo modo de proceder sinodal, a través de comisiones, cuyos dictámenes se aprueban en las sesiones plenarias, pues marcará el procedimiento de los concilios posteriores.
En la tercera sesión del 6 de mayo de 1312 se solventaron unas cuestiones relacionadas con la pobreza de los franciscanos y con la doctrina de Juan Pedro de Olivi, a través de las constituciones Fidei catholicae y Exivi de paradiso, respectivamente. La pobreza había sido un punto de fricción entre los «espirituales» que invocaban la autoridad del fundador, san Francisco de Asís, y la mayoría de la orden. Los «espirituales» achacaban a la mayoría la pérdida del ideal primitivo de pobreza. La mayoría de la orden denunciaba, a su vez, la heterodoxia de uno de los jefes de los «espirituales», Juan de Olivi. La comisión conciliar encargada del caso decidió descargar de culpabilidad a la mayoría, aunque les impuso determinadas normas sobre la práctica de la pobreza. Por otra parte, se condenaron tres tesis atribuidas a Olivi sin mencionar el nombre de su autor.
Por lo que hace a la reforma de la Iglesia conviene recordar que el papa había pedido a los obispos presentes la denuncia de los abusos dominantes en sus diócesis. Así, por ejemplo, Guillermo Durando, obispo de Mende, había presentado al concilio una voluminosa obra, titulada Tratado sobre el concilio general, que recogía amplias ideas de reforma de la organización eclesiástica. Las denuncias presentadas podían clasificarse en dos grupos principales: las quejas sobre intromisiones de los poderes seculares en el campo eclesiástico y las que provenían del creciente centralismo de la curia romana. No se conocen con precisión las disposiciones del concilio en estas materias, porque los cánones conciliares que las recogen fueron redactados de nuevo por Juan XXII (1316-1334), sucesor de Clemente V, e integradas en la colección canónica de las Clementinas, que formarían parte del Corpus luris Canonici. Se legisló sobre cuestiones relacionadas con la exención de los religiosos y las facultades de los obispos sobre ellos, dejando también a salvo los derechos de los párrocos. Se condenaron algunos errores de los begardos y beguinas, que tenían una fuerte implantación en territorios holandeses y alemanes. También se reiteraron medidas anteriores sobre la usura.
El asunto de las Cruzadas se trató de nuevo, pero de un modo superficial. Los obispos acordaron conceder una contribución de un diezmo durante seis años con este fin, pero esta concesión no se realizó hasta que se tuvo la aprobación del rey de Francia. Hay que tener en cuenta que iba tomando cada vez más cuerpo la idea de misionar a los infieles con preferencia a hacerles la guerra. En este sentido tuvo una buena actuación Raimundo Lulio (1235-1315), ya que por iniciativa suya el concilio promulgó el llamado «canon de lenguas», que ordenaba la creación de cátedras de hebreo, árabe y caldeo en la curia romana y en las universidades de París, Oxford, Bolonia y Salamanca.
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