Ley
latín lex. En el A. T. se refiere a la L. mosaica, que figura en Pentateuco, ® Torá. La formación de esta L. se sometió a largos procesos históricos. Inicialmente, la L. era entendida como simples prescripciones de cuestiones cúlticas, de derecho civil y penal y a normas morales que eran transmitidas oralmente por los sacerdotes, Dt 33, 10; Jr 18, 18.
Oseas el profeta, fue el primero en mencionar una ley escrita, Os 8, 12.
Luego fue Esdras Ne 8, 3.
Existen tres formas distintas de ley: Los mandamientos y las prohibiciones, que resaltan describen en el ® Decálogo. Fue así como los sacerdotes anunciaban a los israelitas la voluntad de Dios.
Otra forma de ley se encuentra en el llamado Código de la Alianza Ex 21, 23, que contiene ampliaciones de criterios para tomar decisiones, especialmente en casos judiciales con las prescripciones generales.
La tercera forma de L. son las prescripciones cúlticas para la instrucción de los sacerdotes, y en parte a los laicos que intervenían en los actos del culto. Estas prescripciones se encuentran principalmente en los libros Levítico y Números.
Las prescripciones legales del A. T. no se juzgan como una carga sino como motivo de alegría; Moisés hace amonestaciones afectuosas y aconseja obediencia, Dt 4, 32 ss.; además de obtener conversión de las almas, sabiduría ante la fidelidad, Dt 30, 11-14; Sal 19, 8 ss. Los doctores de la L. desarrollaron una forma de interpretación diferenciada en los libros explicativos llamados Midras; y recopilaron también una serie de tradiciones complementarias o una codificación de la ley oral del A. T. y de las leyes políticas y civiles de los judíos en la primera parte del Talmud, en el Misná.
Toda L. expresa la voluntad de Yahvéh. La relación entre Dios y su pueblo se daba a través de los sacerdotes, Hg 2, 11-13; Ml 2, 6-7, así como a través de los profetas, Is 1, 10; 8, 16-20; 30, 9-10.
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