Biblia
Entrar Crear cuenta

Esquema de color

Tamaño de letra

Levítico 25

Biblia Serafín de Ausejo

1Habló Yahvéh a Moisés en el monte Sinaí, diciéndole:

2Habla a los hijos de Israel y diles: Cuando hubiereis entrado en la tierra que yo os he de dar, la tierra reposará también un sábado en honor de Yahvéh.

3Seis años sembrarás tu campo, y seis años podarás tu viña y recogerás sus frutos;

4pero el año séptimo será un sábado de completo reposo, para la tierra, un sábado en honor de Yahvéh: no sembrarás tu campo ni podarás tu viña,

5no segarás lo que brotó espontáneamente después de la siega, ni vendimiarás las uvas que brotaron espontáneamente. Será un año de reposo para la tierra.

6Lo que la tierra en reposo diere de sí os servirá de alimento: a ti, a tu siervo, a tu sierva, a tu jornalero, al forastero que habita en tu casa, y a los que moran contigo.

7Todos sus productos servirán igualmente de alimento a tu ganado y a los animales que haya en el país.

8Contarás siete semanas de años, siete veces siete años; de modo que los días de las siete semanas de años sumarán para ti cuarenta y nueve años.

9En el mes séptimo, el día diez del mes, harás resonar clamor de trompetas. Haréis resonar la trompeta en todo vuestro país el día de las expiaciones.

10Santificaréis el año cincuenta y proclamaréis la emancipación de todos los habitantes del país. Será para vosotros un año jubilar; cada uno de vosotros recobrará su propiedad, y cada cual volverá a su familia.

11Este año cincuenta será para vosotros un año jubilar; no sembraréis, ni segaréis lo que brotó espontáneamente, ni vendimiaréis las viñas no cultivadas,

12porque es un jubileo. Esto será sagrado para vosotros. Comeréis lo que el campo produzca espontáneamente.

13En este año del jubileo cada uno de vosotros volverá a su propiedad.

14Si vendéis o compráis algo a vuestro prójimo, no os perjudiquéis unos a otros.

15Comprarás a tu prójimo conforme al número de años transcurridos después del jubileo, y él te venderá conforme al número de años de cosecha.

16Si los años son muchos, aumentarás el precio; si son pocos, lo disminuirás, porque él te vende según el número de cosechas.

17No os perjudiquéis los unos a los otros; tendrás temor de tu Dios, pues yo soy Yahvéh, vuestro Dios.

18Cumplid mis leyes, guardad mis preceptos y ponedlos en práctica; y así habitaréis seguros en la tierra.

19La tierra dará su fruto, y vosotros comeréis a saciedad y habitaréis seguros en ella.

20Si dijereis: ¿De qué comeremos el año séptimo si no sembramos ni recogemos nuestra cosecha?

21Yo os mandaré mi bendición el año sexto, de modo que os produzca frutos para tres años.

22Sembraréis el año octavo, y comeréis todavía de la cosecha antigua. Hasta el año noveno, hasta que llegue su fruto, comeréis de la cosecha antigua.

23La tierra no se venderá a perpetuidad, porque la tierra es mía, y vosotros sois para mí forasteros y huéspedes que vivís conmigo.

24En todo el territorio de vuestra propiedad otorgaréis a la tierra el derecho de rescate. '

25Si tu hermano empobrece y vende parte de su propiedad, se presentará su rescatador, el pariente más cercano, y rescatará lo vendido por su hermano.

26Si el hombre no tiene quien le rescate, pero llega a procurarse lo suficiente para ello,

27calculará los años desde la venta, devolverá al comprador según el tiempo que falta y recobrará su propiedad.

28Si su haber no alcanzase a lo necesario para esta devolución, lo vendido quedará en poder del comprador hasta el año jubilar; pero en el jubileo quedará libre, y el vendedor recobrará su propiedad.

29Si uno vende una casa habitable en una ciudad amurallada, tendrá derecho al rescate hasta que se cumpla un año de su venta; un año entero durará su derecho de rescate.

30Si la casa no ha sido rescatada dentro del término de un año completo, entonces la casa situada en la ciudad amurallada pasará definitivamente a ser propiedad del comprador y de sus descendientes; no quedará libre en el año del jubileo.

31Pero las casas de las aldeas no amuralladas serán estimadas como campo de labor; gozan del derecho del rescate y quedarán libres en el año jubilar.

32En cuanto a las ciudades de los levitas, los levitas gozarán del derecho perpetuo de poder rescatar las casas de su propiedad que tengan en tales ciudades.

33Cuando la casa de un levita [no] fuera rescatada, la casa que fue vendida en la ciudad de su pertenencia quedará libre en el jubileo; porque las casas de las ciudades levíticas son su propiedad en medio de los hijos de Israel.

34Los campos de cultivo de los alrededores de sus ciudades no podrán venderse, porque son propiedad suya a perpetuidad.

35Si tu hermano empobreciere, y te tiende su mano suplicante, lo mantendrás, y vivirá contigo como forastero o como huésped.

36No tomarás de él ni interés ni usura; antes bien, teme a tu Dios, y viva contigo tu hermano.

37No le prestarás dinero a usura, y no lo alimentarás por interés.

388Yo soy Yahvéh, vuestro Dios, que os saqué del país de Egipto para daros la tierra de Canaán y ser vuestro Dios.

39Si tu hermano empobrece estando contigo y se te vende, no le impondrás un trabajo de esclavo.

40Será para ti como un asalariado o como un huésped que vive contigo, y estará a tu servicio hasta el año del jubileo.

41Entonces saldrá de tu casa, él y sus hijos con él, y regresará a su familia y volverá a la propiedad de sus padres.

42Porque ellos son mis servidores, a quienes yo hice salir del país de Egipto, y no se venderán como se vende un esclavo.

43No dominarás sobre él con rigor, sino que temerás a tu Dios.

44El esclavo y la esclava que tengas serán de las naciones circunvecinas; de ellas compraréis esclavos y esclavas.

45También podréis adquirirlos de entre los hijos de los extranjeros que habitan con vosotros, y de entre sus familias que viven con vosotros, nacidos en vuestra tierra; serán propiedad vuestra.

46Se los dejaréis luego en herencia a vuestros hijos después de vosotros como posesión perpetua; os serviréis de ellos como esclavos para siempre. Pero en cuanto a vuestros hermanos, los hijos de Israel, no dominaréis los unos sobre los otros con dureza.

47Si un extranjero o uno que reside contigo se hace rico, y tu hermano que está con él empobrece y se vende al extranjero, al que reside contigo, o a un descendiente de la familia del extranjero,

48tu hermano podrá ser rescatado después de haberse vendido; uno de sus hermanos lo rescatará.

49También podrán rescatarlo su tío o un hijo de su tío, o un pariente próximo, familiar suyo; o, si sus medios alcanzan, él mismo podrá rescatarse.

50Contará con su comprador desde el año en que se vendió a él hasta el año del jubileo, y su precio de venta estará en proporción al número de años, computando sus jornadas como las de un jornalero.

51Si quedan todavía muchos años, en proporción a los mismos pagará su rescate según el precio de venta.

52Si faltan pocos años hasta el año del jubileo, entonces calculará, y según el número de años pagará el precio de su rescate.

53Estará con él como un jornalero que trabaja por años; no se le tratará con dureza en tu presencia.

54Si no es rescatado de alguna de esas maneras, quedará libre el año jubilar, él y sus hijos con él.

55Porque de mí son siervos los hijos de Israel; ellos son servidores míos, a los cuales saqué del país de Egipto. Yo, Yahvéh, vuestro Dios.

WhatsApp